AVISO IMPORTANTE:
Estimados directores:
Nos permitimos informarles que la consulta al SAT en relación a la pregunta de si las escuelas particulares estarían obligadas a expedir facturas electrónicas, se presentó el 3 de noviembre de este año y la autoridad tiene 90 días para contestar, por lo cual esperamos su respuesta antes del día 3 de febrero del 2011.
Por eso es necesario que manden elaborar sus recibos normales, igual a los que han venido utilizando, previendo dos años que es la vigencia que se otorga, para que a partir del 1 de enero del 2011 todo siga normal para ustedes.
"LOS CONTRIBUYENTES QUE AL 1 DE ENERO DE 2011 TENGAN COMPROBANTES IMPRESOS PODRÁN SEGUIR UTILIZÁNDOLOS HASTA QUE SE AGOTE SU VIGENCIA LO QUE PERMITIRÁ UNA TRANSICIÓN GRADUAL AL NUEVO ESQUEMA".
Lo anterior nos va a permitir seguir funcionando en la forma que estábamos trabajando durante los siguientes dos años 2011 y 2012. Así tenemos el tiempo suficiente para saber el criterio de la autoridad y con base en el, intentar los recursos necesarios en caso de que nos manifestaran que SÍ estamos obligados.
Nosotros consideramos que NO por dos razones fundamentales:
1.-Las escuelas particulares sociedades o asociaciones de carácter civil que se dedican a la enseñanza con autorización o con reconocimiento de validez oficial, no son contribuyentes del Impuesto sobre la renta.
2.- Las colegiaturas que se cobran a los padres de familia no son deducibles de impuestos, así se lo hemos manifestado a la autoridad y esperamos su confirmación de que NO SOMOS SUJETOS OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURAS ELECTRÓNICA.
Atentamente
CEDEP
Siempre intentando servir